Una de las preguntas más recurrentes proveniente de los clientes a los que van a despedir o que terminan su relación laboral con la empresa es la de si deben firmar el finiquito o no, y cómo han de hacerlo.
El finiquito es el documento que recoge la operación por la que se liquida la relación laboral con el trabajador. En la mayoría de casos recoge el porcentaje de pagas extra que no se han cobrado todavía y las vacaciones no disfrutadas. También puede recoger otros conceptos y la indemnización que te reconozca la empresa, aunque ésta puede ir en un documento aparte o en la propia carta de despido.
Es decir, el finiquito (al igual que una nómina) es un recibí. Como tal no se debe firmar si no hemos recibido las cantidades que figuran escritas en él. Esto es, que si en el papel pone que me pagan 1000 euros y sólo me han pagado 500 pues directamente me niego a firmar.
Para el caso de que el documento recoja la cantidad que realmente me están dando puedo firmarlo quedándome copia (también firmada por ellos).
IMPORTANTE. Recomendamos siempre firmar tras comprobar que la fecha del documento es la correcta y hacerlo escribiendo “no conforme” debajo de la firma. De esta forma podremos reclamar si después en nuestra casa o con nuestra abogada nos ponemos a hacer cuentas y vemos que nos deberían haber pagado más.
La recomendación de firmar así nace de que en el 90% de los casos los empresarios meten un párrafo en el finiquito en el que dice “que trabajador y empresario reconocen que no tienen nada que reclamarse”. Firmando NO CONFORME desactivamos el contenido que el empresario pretendía con la frase.
Por último, en caso de duda, recomendamos no firmar o solicitar hacerlo posteriormente cuando puedas leer el documento tranquilamente y consultar con un abogado.
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