nacionalidad española sin contrato de trabajo

Nacionalidad española sin contrato de trabajo.

Muchos de nuestros clientes nos han consultado si es posible presentar la solicitud de nacionalidad española sin contar con un contrato de trabajo en el momento de iniciar el trámite.

Es importante tener en cuenta que uno de los requisitos necesarios para solicitar la nacionalidad española es acreditar que disponemos de medios económicos. Es decir, el requisito en sí mismo no es contar con un contrato de trabajo en el momento de la solicitud, sino, en un sentido más amplio, el de acreditar la disponibilidad de medios económicos.

En la mayoría de los casos la forma más sencilla de acreditar que contamos con medios económicos, es decir, con medios de vida en España, es mediante la presentación de un contrato de trabajo como principal medio de vida o recurso económico: contrato de trabajo, últimas nóminas, informe de vida laboral.

Pero, ¿quiere esto decir que obligatoriamente para presentar el expediente de solicitud de nacionalidad española tengo que estar trabajando y presentar un contrato de trabajo en vigor? No. Lo cierto es que no, ya que podemos aportar documentación de medios económicos a través de otras pruebas, como por ejemplo, que el solicitante tenga una actividad por cuenta propia (en este caso y al ser autónomo no puede presentar un contrato de trabajo), o puede ser que no esté trabajando pero pueda acreditar medios de vida porque vive con algún familiar y depende económicamente de ellos, o tiene una cuenta bancaria, etc.

Lo que no podemos hacer en ningún caso es presentar nuestro expediente de nacionalidad sin ningún medio de vida, es decir, sin ningún tipo de recurso económico que justifique de qué estamos viviendo en España, de qué nos estamos manteniendo en el país.

Esto sí que será absolutamente obligatorio; es decir, habrá que presentar algún tipo de recurso económico para que luego no tengamos una denegación por falta de recursos económicos.

Por lo tanto, a la pregunta de si es necesario o no presentar un contrato de trabajo la respuesta es que no es obligatorio si podemos presentar otros recursos económicos diferentes a ese contrato.

Para más información acércate a nuestro despacho (C/ Bravo Murillo nº155 Bajo A, CP 28020 de Madrid, Metro Alvarado/ Estrecho, teléfonos 915 334 971/ 605 943 596)